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Disciplinario · Servidores públicos

Una investigación no es una sanción. Defiéndase desde el primer día.

Defensa de servidores públicos y particulares que cumplen funciones públicas en procesos ante la Procuraduría, las personerías y las oficinas de control interno disciplinario.

Casos que atendemos

Si su situación se parece a alguna de estas, podemos ayudarle. Si no aparece, escríbanos igual.

Me notificaron una indagación previa

Revisamos la queja, pedimos copia del expediente y definimos si conviene rendir versión libre.

Investigación disciplinaria

Aportamos pruebas y testimonios para que el proceso se archive antes de llegar a cargos.

Pliego de cargos

Descargos, solicitud de pruebas y preparación de la etapa de juzgamiento.

Audiencias y diligencias

Acompañamiento en el procedimiento verbal y en la práctica de pruebas.

Fallo sancionatorio

Apelación y, si la sanción queda en firme, demanda ante la jurisdicción contencioso administrativa.

Prevención

Revisión de decisiones del cargo para reducir el riesgo disciplinario antes de que haya una queja.

Cómo lo resolvemos

Leemos el expediente

Pedimos copia completa y revisamos fechas y competencia.

Definimos la estrategia

Versión libre, pruebas, nulidades: qué conviene y cuándo.

Respondemos

Descargos y alegatos con soporte técnico y jurídico.

Recurrimos

Apelación y, si hace falta, control judicial de la sanción.

Plazos que debe conocer

En derecho, llegar tarde puede costar el caso. Estas son las fechas que más revisamos en disciplinario.

Notificación

Los términos de defensa se cuentan desde la notificación. Guarde la fecha exacta en que la recibió.

Ley 1952 de 2019, Código General Disciplinario
5 años

La acción disciplinaria prescribe en 5 años desde la falta. Notificado el fallo de primera instancia, hay 2 años para resolver la segunda.

Ley 1952 de 2019, art. 33, modificado por la Ley 2094 de 2021
4 meses

Para demandar una sanción en firme ante la jurisdicción contencioso administrativa.

CPACA, art. 164
Video en preparaciónMe llegó una citación disciplinaria: primeros pasosGuía en video · 1:00 min

Explicado en un minuto

Mientras publicamos el video, lea la guía completa sobre este tema: qué dice la ley, qué plazos corren y qué hacer primero.

Leer la guía

Qué traer a la primera cita

Con estos documentos la primera conversación rinde mucho más. Si no los tiene todos, no se preocupe: le decimos cómo conseguirlos.

  • Auto o comunicación recibida, con la fecha de notificación
  • Manual de funciones del cargo
  • Actos, contratos o documentos relacionados con la queja
  • Correos y oficios que muestren cómo se tomó la decisión
  • Nombres de posibles testigos

Preguntas frecuentes

¿Tengo que rendir versión libre?

No es obligatoria. Es un derecho que puede ejercer en cualquier etapa, hasta antes del traslado para alegatos. A veces conviene y a veces no: decídalo con su abogado después de leer el expediente.

¿Puedo tener abogado desde la indagación previa?

Sí. Desde la primera actuación puede designar un defensor que revise el expediente y lo acompañe en cada diligencia.

¿Qué sanciones existen?

Según la gravedad y la culpabilidad: amonestación escrita (leves culposas), multa (leves dolosas), suspensión de 1 a 12 meses (graves culposas), suspensión de 3 a 18 meses con inhabilidad especial (graves dolosas) y destitución con inhabilidad general de 8 a 20 años (gravísimas).

¿Una sanción disciplinaria se puede demandar?

Sí, mediante nulidad y restablecimiento del derecho, dentro de los 4 meses siguientes a que quede en firme.

Cuéntenos su caso de disciplinario

Déjenos sus datos y le escribimos para revisar su caso. Si hay un plazo corriendo, márquelo: lo atendemos primero.

WhatsApp · Diana+57 310 855 8660
WhatsApp · Yesica+57 318 793 2661
Correoabogadosjdsas@gmail.com
OficinaChía, Cundinamarca
HorarioLunes a viernes, 8:00 a. m. – 6:00 p. m.

No incluya datos de salud u otros datos sensibles si no son necesarios para entender su caso; suministrarlos es opcional.