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Societario y ESAL · Empresas, socios, gremios y fundaciones

Reorganizar, comprar, vender o reformar, con cada paso en regla

Fusiones, escisiones y transformaciones; compra y venta de empresas, acciones y cuotas; análisis y reforma de estatutos, manuales y reglamentos; y acompañamiento a asociaciones, corporaciones, fundaciones y gremios.

Lo que hacemos

Seis líneas de trabajo para sociedades comerciales y entidades sin ánimo de lucro. Cada una con sus documentos, el órgano que debe aprobarlos y el registro que exige la ley.

Fusión, escisión y transformación

Unir dos o más sociedades, dividir una en varias o cambiar su tipo societario sin interrumpir la existencia de la empresa.

  • Diagnóstico de la estructura actual y comparación de alternativas, con su costo de registro y sus efectos tributarios coordinados con contador público
  • Compromiso de fusión o proyecto de escisión y sus anexos
  • Convocatorias, actas y mayorías de aprobación
  • Publicación del acuerdo y atención de las solicitudes de garantías de los acreedores
  • Escritura pública o documento privado e inscripción en la Cámara de Comercio
  • Revisión del derecho de retiro de los socios ausentes o disidentes

Código de Comercio, arts. 167, 172, 175 y 177 · Ley 222 de 1995, arts. 3, 4 y 12 · Ley 1258 de 2008, art. 31

Compra y venta de empresas

Adquirir o vender una compañía o una parte del negocio sabiendo qué se compra, qué riesgos quedan y quién responde por ellos.

  • Acuerdo de confidencialidad y carta de intención
  • Debida diligencia legal: societaria, contractual, laboral, de litigios y de cumplimiento
  • Coordinación de la revisión contable y tributaria con contador público
  • Contrato de compraventa con declaraciones, garantías y condiciones de cierre
  • Enajenación global de activos y aprobación de la asamblea
  • Revisión de la obligación de informar la operación a la Superintendencia de Industria y Comercio

Ley 1258 de 2008, art. 32 · Ley 1340 de 2009, art. 9

Acciones, cuotas y participaciones

Entrada y salida de socios, venta de acciones o cuotas y acuerdos que ordenan la relación entre los dueños.

  • Cesión de cuotas en sociedades limitadas y reforma estatutaria correspondiente
  • Negociación de acciones, derecho de preferencia y restricciones estatutarias
  • Acuerdos de accionistas sobre voto, compra, venta y permanencia
  • Aumentos de capital y entrada de inversionistas
  • Inscripción en el libro de registro de accionistas o socios
  • Conflictos entre socios y abuso del derecho de voto

Código de Comercio, arts. 362, 366 y 403 · Ley 1258 de 2008, arts. 13, 14, 24 y 43

Análisis estatutario y gobierno corporativo

Saber qué dicen hoy los estatutos, quién decide qué y si las decisiones que se tomaron son válidas.

  • Reconstrucción del texto vigente con todas las reformas inscritas
  • Mapa de competencias: asamblea, junta directiva, representante legal y cuantías
  • Quórums, mayorías, periodos y vacantes de los órganos
  • Revisión de actas, libros y nombramientos inscritos
  • Conflictos de interés y actuaciones sin facultades
  • Impugnación de decisiones de asambleas, juntas y órganos directivos

Código General del Proceso, art. 382 · Ley 222 de 1995, art. 12

Reformas de estatutos, manuales y reglamentos

Documentos internos redactados para la entidad que los va a usar, aprobados por el órgano competente e inscritos cuando la ley lo exige.

  • Reforma integral o parcial de estatutos
  • Reglamentos de asamblea, de junta directiva y de comités
  • Códigos de buen gobierno y de ética
  • Manuales de contratación y de funciones
  • Reglamento interno de trabajo
  • Reglamentos de afiliados y de entidades vinculadas

Código de Comercio, art. 158 · Ley 1258 de 2008, art. 29 · Decreto 2150 de 1995, art. 42 · Código Sustantivo del Trabajo, arts. 104 y 105

Entidades sin ánimo de lucro y gremios

Asociaciones, corporaciones, fundaciones y gremios, con sus filiales y entidades vinculadas.

  • Constitución, reformas e inscripción en la Cámara de Comercio
  • Relación entre la entidad principal y sus filiales o entidades vinculadas con personería propia
  • Órganos, elecciones, afiliados y régimen disciplinario interno
  • Solicitud de calificación en el Régimen Tributario Especial, con contador público
  • Disolución y liquidación
  • Respuesta a requerimientos de las autoridades de inspección y vigilancia

Constitución Política, art. 38 · Decreto 2150 de 1995, arts. 40 y 42 · Estatuto Tributario, arts. 19 y 356-2

Revisión integral de una entidad

Cuando una junta directiva, una asamblea o una entidad matriz necesita saber con certeza cómo se está administrando una filial o una entidad vinculada, la revisamos con método de auditoría y con oportunidad de defensa para los involucrados.

Económico y financiero

Estados financieros, bancos y tesorería, ingresos, cuentas por pagar, retenciones y destino real de los recursos. Lo trabaja un contador público dentro del equipo.

Jurídico y de gobierno

Estatutos vigentes, competencias de cada órgano, elecciones, actas, representación legal, matriz de firmas y conflictos de interés.

Contractual y de cumplimiento

Contratos con terceros, situación laboral, uso de marcas, procesos en curso y obligaciones ante las autoridades.

  1. Instalación

    Acta de inicio, expediente único foliado y un canal formal para todas las comunicaciones.

  2. Requerimientos

    Solicitudes de documentos con plazos, a la entidad y a terceros, y confirmación escrita de saldos con acreedores.

  3. Preservación

    Copia certificada de la evidencia digital y cadena de custodia de cada documento.

  4. Análisis

    Mapa de competencias, inventario de contratos y verificación de soporte, autorización y pago de cada egreso relevante.

  5. Hallazgos y defensa

    Cada hallazgo con su prueba, traslado a los involucrados para que expliquen y presenten descargos, y valoración motivada.

  6. Informe final

    Conclusiones y medidas propuestas, indicando qué órgano puede adoptar cada una según los estatutos.

Trabajamos con reserva, con un solo canal de comunicaciones y sin contactos informales con la entidad revisada mientras el procedimiento está abierto. El informe distingue lo probado de lo que requiere más verificación.

Cómo trabajamos

Diagnóstico documental

Certificado de existencia, estatutos y reformas, actas, libros y estados financieros.

Ruta y competencias

Qué órgano decide, con qué mayoría, en qué plazos y con qué publicaciones o autorizaciones.

Documentos y aprobación

Proyectos, actas, contratos o reformas, y acompañamiento en la reunión que los aprueba.

Registro y seguimiento

Escritura o documento privado, inscripción, libros, avisos y atención de impugnaciones o retiros.

Cifras que fija la ley

Plazos, porcentajes y mayorías que conviene tener presentes antes de convocar, firmar o demandar.

30 días

Para que los acreedores de la sociedad absorbida pidan garantías, desde la publicación del acuerdo de fusión.

Código de Comercio, art. 175
2 meses

Para impugnar decisiones de asambleas, juntas directivas o de socios; si el acto se inscribe, desde la inscripción.

Código General del Proceso, art. 382
50 %

Del patrimonio líquido: desde ese umbral, la venta de activos y pasivos de una SAS es enajenación global y requiere aprobación de la asamblea.

Ley 1258 de 2008, art. 32
10 años

Máximo inicial de la prohibición estatutaria de negociar acciones de una SAS, contados desde la emisión; puede prorrogarse.

Ley 1258 de 2008, art. 13
Mitad más una

De las acciones presentes en la reunión para aprobar reformas estatutarias en una SAS.

Ley 1258 de 2008, art. 29
Unanimidad

De los titulares de todas las acciones suscritas para transformar una sociedad en SAS.

Ley 1258 de 2008, art. 31

Análisis de casos

Sentencias del Consejo de Estado, la Corte Suprema de Justicia y la Corte Constitucional, explicadas en detalle: hechos, decisión, fundamentos, método y lo que significan hoy para empresas y entidades.

Consejo de Estado · Fusiones · 2020

Fusión y pérdidas fiscales: el Consejo de Estado unifica el límite para la absorbente

En la sentencia de unificación 2020CE-SUJ-4-003, la Sección Cuarta decidió que el tope del artículo 147 del Estatuto Tributario también limita las pérdidas propias de la sociedad absorbente. La regla se aplica a todos los trámites pendientes en sede administrativa y judicial.

Corte Suprema de Justicia · Velo corporativo · 2022

Velo corporativo: la Corte fija criterios, pero exige que la norma rigiera en los hechos

La Sala de Casación Civil ordenó las vías legales para desestimar la personalidad jurídica y admitió que una sociedad nacida con fines legítimos puede usarse después para defraudar. Aun así, no casó el fallo: la norma invocada no regía cuando ocurrieron los hechos.

Fallo debatido
Corte Constitucional · Supersociedades · 2023

Supersociedades y conflictos societarios: qué cambió con la Sentencia C-318 de 2023

La Corte retiró del Código General del Proceso la expresión «la resolución de conflictos societarios», por atribuir a la Superintendencia de Sociedades una función jurisdiccional imprecisa. La Superintendencia conserva la competencia sobre las diferencias entre accionistas, sociedad y administradores.

Corte Suprema de Justicia · Administradores · 2024

Demandar al administrador exige la aprobación previa del máximo órgano social

En el litigio de INASSA contra uno de sus administradores, la Corte reiteró que la acción social de responsabilidad requiere decisión previa de la asamblea o junta de socios. La demanda debe además individualizar las conductas reprochadas y acreditar la legitimación en la causa.

Consejo de Estado · ESAL · 2019

ESAL y Régimen Tributario Especial: los límites del reglamento frente a la ley

La Sección Cuarta anuló las causales de exclusión del Régimen Tributario Especial creadas por el Decreto 2150 de 2017 y las condiciones que el decreto añadió al concepto de inversión. También condicionó la tarifa del 20 % sobre los egresos improcedentes.

Corte Constitucional · Debido proceso interno · 2026

Sanciones en clubes sociales: por qué la tutela no reemplaza la impugnación

La Corte confirmó la improcedencia de la tutela contra un club que suspendió por veinte días a la beneficiaria de una acción. El mecanismo idóneo era la impugnación del artículo 382 del CGP, que debe ejercerse dentro de los dos meses siguientes al acto.

Ver los 16 análisis

Qué traer a la primera reunión

Con estos documentos el diagnóstico avanza desde el primer día. Si falta alguno, le decimos cómo obtenerlo.

  • Certificado de existencia y representación legal reciente
  • Estatutos y todas sus reformas
  • Libro de actas y libro de registro de accionistas o socios
  • Estados financieros de los dos últimos años
  • Contratos relevantes y procesos en curso
  • Reglamentos y manuales vigentes

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre fusión y escisión?

En la fusión, una o más sociedades se disuelven sin liquidarse para ser absorbidas por otra o para crear una nueva (Código de Comercio, art. 172). En la escisión ocurre lo contrario: una sociedad transfiere en bloque una o varias partes de su patrimonio a otras sociedades, existentes o nuevas, con o sin disolverse (Ley 222 de 1995, art. 3).

¿Puedo vender mis cuotas en una sociedad limitada?

Sí. La ley reconoce el derecho a ceder las cuotas y tiene por no escrita la cláusula que lo impida. La cesión implica una reforma estatutaria, debe hacerse por escritura pública y produce efectos frente a terceros y a la sociedad desde su inscripción en el registro mercantil (Código de Comercio, arts. 362 y 366). Revise también lo que digan los estatutos sobre el procedimiento.

¿Una SAS puede prohibir la venta de sus acciones?

Sí, si lo dicen los estatutos, por un término que no exceda de diez años desde la emisión, prorrogable por periodos adicionales (Ley 1258 de 2008, art. 13). Los estatutos también pueden exigir autorización previa de la asamblea para cualquier negociación de acciones (art. 14).

¿Cuándo hay que informar una integración a la Superintendencia de Industria y Comercio?

Cuando las empresas se dedican a la misma actividad económica o participan en la misma cadena de valor y cumplen las condiciones de ingresos o activos que fija la ley, deben informar la operación proyectada, sea una fusión, una adquisición de control o cualquier otra forma de integración (Ley 1340 de 2009, art. 9).

¿Qué pasa si un socio no está de acuerdo con la fusión o la escisión?

Si la transformación, la fusión o la escisión le imponen una mayor responsabilidad o desmejoran sus derechos patrimoniales, el socio ausente o disidente puede retirarse de la sociedad (Ley 222 de 1995, art. 12).

¿Cuánto tiempo hay para impugnar una decisión de asamblea o de junta directiva?

Dos meses desde la fecha del acto, so pena de caducidad; si el acto está sujeto a registro, desde la inscripción. La demanda se dirige contra la entidad (Código General del Proceso, art. 382). Vea en nuestros análisis de casos cómo se ha aplicado este plazo.

¿Las asociaciones, corporaciones y fundaciones pagan impuesto de renta?

Por regla general son contribuyentes del impuesto sobre la renta como las sociedades nacionales. Pueden solicitar a la DIAN su calificación en el Régimen Tributario Especial si cumplen los requisitos legales (Estatuto Tributario, arts. 19 y 356-2).

Cuéntenos qué necesita su empresa o entidad

Déjenos sus datos y le escribimos para revisar su caso. Si hay un plazo corriendo, márquelo: lo atendemos primero.

WhatsApp y teléfono+57 313 491 2739
Correoabogadosjdsas@gmail.com
OficinaChía, Cundinamarca
HorarioLunes a viernes, 8:00 a. m. – 6:00 p. m.

No incluya datos de salud u otros datos sensibles si no son necesarios para entender su caso; suministrarlos es opcional.