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Administrativo · Personas, empresas y contratistas

Cuando la entidad se equivoca, se puede corregir

Derechos de petición, recursos, demandas contra el Estado y contratos públicos. Para personas, empresas y contratistas que necesitan una respuesta de la administración.

Casos que atendemos

Si su situación se parece a alguna de estas, podemos ayudarle. Si no aparece, escríbanos igual.

Peticiones sin respuesta

Redactamos peticiones claras y, si la entidad no responde, presentamos tutela.

Actos que le perjudican

Recursos de reposición y apelación y, después, demanda de nulidad y restablecimiento del derecho.

Daños causados por el Estado

Reparación directa por obras, operativos, omisiones o fallas del servicio.

Contratos estatales

Ofertas, ejecución, multas, liquidación y controversias contractuales.

Multas, licencias y trámites

Multas de tránsito y de policía, licencias urbanísticas y sanciones administrativas.

Tutela y acción de cumplimiento

Para proteger derechos fundamentales o exigir que una entidad cumpla la ley.

Cómo lo resolvemos

Revisamos el acto

Leemos la decisión y verificamos cómo y cuándo se notificó.

Recurrimos

Presentamos los recursos ante la misma entidad, dentro del plazo.

Conciliamos

Si el asunto es conciliable, audiencia ante la Procuraduría: en la mayoría de demandas es requisito previo.

Demandamos

Llevamos el caso a la jurisdicción contencioso administrativa.

Plazos que debe conocer

En derecho, llegar tarde puede costar el caso. Estas son las fechas que más revisamos en administrativo.

10 días hábiles

Para presentar reposición o apelación contra un acto administrativo, desde la notificación.

Ley 1437 de 2011 (CPACA), art. 76
4 meses

Para demandar la nulidad y restablecimiento del derecho.

CPACA, art. 164
2 años

Para demandar la reparación de un daño causado por el Estado.

CPACA, art. 164
Video en preparaciónLa entidad no responde: tutela en 4 pasosGuía en video · 0:55 min

Explicado en un minuto

Mientras publicamos el video, lea la guía completa sobre este tema: qué dice la ley, qué plazos corren y qué hacer primero.

Leer la guía

Qué traer a la primera cita

Con estos documentos la primera conversación rinde mucho más. Si no los tiene todos, no se preocupe: le decimos cómo conseguirlos.

  • El acto administrativo completo
  • Constancia de notificación o comunicación
  • Peticiones radicadas y sus respuestas
  • Contrato estatal y documentos del proceso en SECOP
  • Pruebas del daño, si lo hubo

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiene la entidad para responder un derecho de petición?

15 días hábiles en general, 10 si pide documentos o información y 30 si es una consulta.

¿Qué pasa si no presento los recursos?

Para algunos actos la apelación es obligatoria antes de demandar. Si deja vencer el plazo, puede perder la oportunidad de discutir la decisión ante el juez.

¿Puedo demandar al municipio por un hueco que dañó mi carro?

Sí, por reparación directa, si se prueba el daño y que se originó en la falta de mantenimiento de la vía. Tiene 2 años.

¿Qué es la conciliación ante la Procuraduría?

Una audiencia ante un procurador judicial en la que la entidad puede proponer un acuerdo antes del juicio. Si el asunto es conciliable, es requisito para demandar la nulidad y restablecimiento, la reparación directa y las controversias contractuales; es voluntaria, entre otros casos, en asuntos laborales y pensionales o cuando se piden medidas cautelares patrimoniales.

Cuéntenos su caso de administrativo

Déjenos sus datos y le escribimos para revisar su caso. Si hay un plazo corriendo, márquelo: lo atendemos primero.

WhatsApp · Diana+57 310 855 8660
WhatsApp · Yesica+57 318 793 2661
Correoabogadosjdsas@gmail.com
OficinaChía, Cundinamarca
HorarioLunes a viernes, 8:00 a. m. – 6:00 p. m.

No incluya datos de salud u otros datos sensibles si no son necesarios para entender su caso; suministrarlos es opcional.